El Gobierno amplía la limitación del incremento de la renta en las actualizaciones anuales de los contratos de alquiler de vivienda hasta el 31 de diciembre de 2022. Dicha medida evitará la aplicación del IPC en la actualización del alquiler, quedando limitada la subida a la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad, situada en el 2%.
Desde comienzos de año el IPC — Índice de Precios al Consumo–, el índice por el que se mide la inflación y por el que la mayoría de los contratos de alquiler se rigen, ha ido subiendo sin precedentes. La tasa de variación anual del IPC en España en julio de 2022 ha sido del 10,8%, lo que produciría aumentos en la renta mensual muy considerables que afectaría considerablemente a infinidad de inquilinos, aunque también a los propietarios de esos pisos. Por ejemplo, un alquiler de 1200 euros al mes podría actualizarse hasta en 1.555 euros al finalizar el ejercicio.
Para ello, el Gobierno de España, aprobó una serie de medidas el pasado 29 de marzo recogidas en el Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo de 2022, modificado por el Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio, en el que se añadió un límite extraordinario y sin precedentes a las actualizaciones anuales de la renta del alquiler de viviendas que se referenciarán al Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que se caracteriza por estar limitado por arriba en el 2% y por abajo en el 0%. Dicho limite entraba en vigor en abril y se extendía hasta el mes de septiembre, si bien, finalmente ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2022.
En el contenido de la norma, se distingue entre los grandes tenedores –más de 10 inmuebles– siendo de imperativo cumplimiento la limitación del 2% o menos porcentaje si así lo pactarán las partes. Para el resto de propietarios, aunque tan solo sean dueños de un inmueble, también resulta de aplicación dicho limite. Y es que, cabe el pacto con el arrendatario sobre el aumento del IPC en una cifra mayor con el límite de la actualización que realmente resulte, en caso de que no haya acuerdo, regirá la limitación del 2% igualmente.
“Se trata de ampliar una medida de carácter urgente, que se suma a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en materia de vivienda por este Departamento, encaminadas a hacer efectivo el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna adecuada”, indican en el comunicado oficial del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Así, entre dichas medidas, cabe mencionar:
- El desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda, por primera vez en la actual etapa democrática, que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria como proyecto de ley.
- La aprobación de un nuevo Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y del Bono Alquiler Joven, que están contribuyendo a facilitar el acceso a las personas y hogares con mayores dificultades.
- Las diferentes medidas llevadas a cabo para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles y para fomentar la rehabilitación y mejora del parque de vivienda existente, reforzando especialmente la colaboración en estos ámbitos con las comunidades autónomas y las entidades locales.